TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil
Altagracia de Orituco, seis (06) de abril del Año 2.017
207º y 158º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA Nro. 03-06072017.-
ASUNTO: SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, dejándose a salvo los derechos terceros.-
SIGNO DE LA RESOLUCIÓN: CON LUGAR LA DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: FREDDY RAFAEL PEREZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.860.203 e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 107.504, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos DEISY MIRALIDIS ORTUÑO GARCIA, GLEISY NOHEMI ORTUÑO GARCIA, EUGENIA MARIBEL ORTUÑO GARCIA, JUAN RAMON ORTUÑO GARCIA, SANDRA EGLY ORTUÑO GARCIA, JOHAN JOSE ORTUÑO GARCIA, JESUS ALBERTO ORTUÑO MARTINEZ. -
EXPEDIENTE: Nro. 17-8128.-
I
En fecha 29/06/2017, se recibió por distribución, la anterior solicitud presentada por el ciudadano FREDDY RAFAEL PEREZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.860.203, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 107.504, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos DEISY MIRALIDIS ORTUÑO GARCIA, GLEISY NOHEMI ORTUÑO GARCIA, EUGENIA MARIBEL ORTUÑO GARCIA, JUAN RAMON ORTUÑO GARCIA, SANDRA EGLY ORTUÑO GARCIA, JOHAN JOSE ORTUÑO GARCIA, JESUS ALBERTO ORTUÑO MARTINEZ, a fin de que se les tenga como legítimos y UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano JUAN RAMON ORTUÑO, fallecido ab intestato en fecha 09/05/2017, en el Hospital Dr. José Francisco Torrealba de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, a causa de INFARTO AGUADO AL MIOCARDIO, HIPERTENSION ARTERIAL DESCOMPESADA DIABETES MELLITUS TIPO II,.-
II
Se evidencia del contenido del ACTA DE DEFUNCIÓN Nro. 175, de fecha 10/05/2017, emitida por el Registro Civil del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, anexa al folio cuatro (04) del presente asunto. ACTA que de conformidad con lo previsto en el Articulo 12 de la Ley de Registro Civil, se valora como plena prueba, pero dejándose a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las TESTIMONIALES de los ciudadanos JHONNY EDUARDO URBANO BRITO y JORGE ISMAEL NARES PAZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.: V- 16.237.255y V- 5.070.313, respectivamente, estas se valoran como pleno indicio, conforme al artículo 12 ejusdem, a los fines de establecer a los ciudadanos DEISY MIRALIDIS ORTUÑO GARCIA, GLEISY NOHEMI ORTUÑO GARCIA, EUGENIA MARIBEL ORTUÑO GARCIA, JUAN RAMON ORTUÑO GARCIA, SANDRA EGLY ORTUÑO GARCIA, JOHAN JOSE ORTUÑO GARCIA, JESUS ALBERTO ORTUÑO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nros. V- 11.366.067, V- 11.116.861, V- 11.123.462, V- 13.576.171, V- 14.706.682, V- 16.192.478, V- 20.960.794, como únicos y universales herederos del de cujus JUAN RAMON ORTUÑO.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas (con Funciones de Distribución) de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos sobre los bienes dejados por su padre JUAN RAMON ORTUÑO quien fuera venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.347.642, a los ciudadanos: DEISY MIRALIDIS ORTUÑO GARCIA, GLEISY NOHEMI ORTUÑO GARCIA, EUGENIA MARIBEL ORTUÑO GARCIA, JUAN RAMON ORTUÑO GARCIA, SANDRA EGLY ORTUÑO GARCIA, JOHAN JOSE ORTUÑO GARCIA, JESUS ALBERTO ORTUÑO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V- 11.366.067, V- 11.116.861, V- 11.123.462, V- 13.576.171, V- 14.706.682, V- 16.192.478, V- 20.960.794, en su carácter de hijos según se evidencia de las respectivas actas de nacimiento.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 Y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los seis (06) días del mes de julio de dos mil diecisiete (2.017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-
El Juez Provisorio,
Abg. MONICO A. AQUINO GUERRERO.-
El Secretario,
Abg. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 03:25 p.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El Secretario,
MAAG/mz.-
Sol. Nro. 17-8128.-
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