REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diez (10) de agosto de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-X-2015-000205 nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante oficio Nº 2017-1368, de fecha diecinueve (19) de julio de dos mil diecisiete (2017), contentivo del recurso de apelación interpuesta por el BFC BANCO FONDO COMÚN C.A., BANCO UNIVERSAL, en el Reclamo por Omisión, demora o Mala Prestación de los Servicios Públicos, incoado por el ciudadano SAÚL RAFAEL SOMOZA GÓMEZ (Cédula de identidad Nº V- 2.740.509), asistido de abogado, contra la mencionada entidad bancaria. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha dieciocho (18) de noviembre de dos mil quince (2015), mediante la cual se declaró “…1. Su COMPETENCIA para conocer de la inhibición presentada (…) 2. CON LUGAR la inhibición planteada…” (Negrillas del texto), en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al presente asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-R-2016-000013
RADZ/GCMM/ejph