REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, once (11) de agosto de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Vista la decisión dictada por este Juzgado Superior Contencioso Administrativo en fecha veintinueve (29) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), bajo el Nº PJ0102016000142, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la abogada Belkis FIGUERA CARPIO (INPREABOGADO Nº 61.267), actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana LILIBETH CARIDAD PAEZ MEZA (cédula de identidad Nº V-11.116.110), contra el FONDO PARA EL DESARROLLO AGRARIO SOCIALISTA (FONDAS), y vencido como se encuentra el lapso para que las partes ejercieran el recurso de apelación sin haberlo interpuesto, este juzgado ordena remitir el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a los fines del pronunciamiento respecto a la consulta de Ley.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES







Exp. Nº JE41-G-2012-000012
RADZ/GCMM/ejph