REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, tres (03) de agosto de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Visto la diligencia de fecha primero (01) de agosto de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual el abogado SANTIAGO JOSÉ VILERA (Cédula de identidad Nº 8.765.817 e INPREABOGADO Nº 47.537) actuando en su nombre, apeló del auto de dictado en fecha veintisiete (27) de julio de dos mil diecisiete (2017), en la demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales interpuesta por el mencionado abogado, contra la entonces Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, hoy, ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JOSÉ TADEO MONAGAS DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO.
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, lo ADMITE y en consecuencia OYE EN UN SOLO EFECTO la apelación ejercida, por lo que ordena abrir cuaderno separado con copias certificadas y remitirlo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem. Remítase el cuaderno separado, para lo cual la parte actora deberá proveer los fotostatos que considere necesarios.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. JE41-G-1997-000001
RADZ/GCMM/ejph