REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, tres (03) de agosto de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Vista el escrito presentado en fecha primero (01) de agosto de dos mil diecisiete (2017), por la abogada María Virginia MARCHENA JASPE (INPREABOGADO Nº 266.354), en su carácter de Síndica Procuradora del MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, mediante la cual adujo: “...se propone como experta contable a la Lcda. URSULA CAROLINA PARENTE APONTE, titular de la cédula de identidad Nº 18.405.825, debidamente inscrita en el Colegio de Contadores públicos bajo el Nº 134.512...” (Negrillas del texto), en virtud de lo anterior, este Juzgado Superior designa como experto contable a la ciudadana URSULA MARÍA CAROLINA PARENTE APONTE inscrita en el colegio de contadores Públicos (Nº 134.512) para realizar en el presente asunto la experticia complementaria ordenada según sentencia Nº PJ0102014000137 dictada por este Juzgado en fecha veintiocho (28) de octubre de dos mil catorce (2014), en caso de aceptar, prestará juramento de Ley, dentro de los tres (3) día de despacho siguiente a que conste en autos su notificación. Líbrese boleta.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2007-000082
RADZ/GCMM/ejph