REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, siete (07) de agosto de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Vista la diligencia de fecha dos (02) de agosto de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual el abogado Alejandro Jesús MÉNDEZ ROJAS (INPREABOGADO Nº 255.219), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN CARLOS GUZMÁN (Cédula de Identidad Nº V-. 16.074.169), mediante la cual adujo: “…desisto de la representación jurídica que me fue otorgada por el ciudadano: JUAN CARLOS GUZMÁN (…) debido a que en la actualidad me encuentro asumiendo un cargo dentro de la institución pública, por lo que solicitó ante usted, la posibilidad de que le sea asignado al ciudadano antes mencionado un de defensor Público…”. Este Juzgado advierte, que riela a los folios 77 al 79 del expediente judicial, poder debidamente notariado donde se evidencia que el querellante aun posee representación judicial, por lo cual se niega la referida solicitud.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES










Exp. Nº JP41-G-2015-000038
RADZ/GCMM/ejph