REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, DIEZ (10) DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE (2017).-

207º y 158º
Actuando en Sede Civil
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
SOLICITANTE: SOBEIDA BLANQUEZ FERNANDEZ.-
EXPEDIENTE: Nro. 17-8159.-
Nro. SENTENCIA: 09-10082017.-
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana SOBEIDA BLANQUEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.116.036, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio ZAKHOUR DOUMAT DUMAN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 16.284, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de terreno municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de Autorización consignada junto a la solicitud, que el inmueble se encuentra ubicado en el Sector Dos Caminos de esta ciudad de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de: DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (277,80 Mts2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Con parcela de Oscar Sierra, en veinticuatro metros (24,00 mts); Sur: Transversal uno (01) de Dos Caminos, en veinticuatro metros (24,00 mts); Este: Calle uno (01), en once metros con veinticinco centímetros (11,25 mts) y, Oeste: Parcela ocupada por la Sra. Rosa Quintana, en once metros con noventa centímetros (11,90 mts).- Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos RAFAEL AGUSTIN CONTRERAS BOLIVAR y ERIKA EDITH MARRERO PALMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 25.379.929 y 11.365.739, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el terreno municipal anteriormente identificado.-

III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas (con Funciones de Distribuidor) de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Sede en Altagracia de Orituco, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana SOBEIDA BLANQUEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.116.036, de este domicilio.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a la solicitante y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.- En Altagracia de Orituco, a los diez (10) día del mes de agosto de dos mil diecisiete (2017).- Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. MONICO A. AQUINO GUERRERO.-
EL SECRETARIO,


ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 03:20 p.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.----------------------------------------------------------------------------------------------
EL SECRETARIO,

MAAG/yv.-
Sol. Nro. 17-8159.-