REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 01 de Diciembre de 2017.
207° y 158°
Por recibido en horas de despacho del día de hoy (01) de Diciembre de (2017), escrito contentivo de RECURSO DE HECHO, constante de Tres (03) folios útiles y sus respectivos anexo, presentado por la profesional del derecho Anabel Coita Mogollón Martínez, Venezolana, titular de la cedula de Identidad N° V-9.594.601, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 74.022, actuando en este acto en su propio nombre, contra decisión dictada en fecha 24 de Noviembre de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario del Estado Guárico. En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, da por introducido el presente recurso, y acuerda darle entrada por Secretaría, asignándole el número JSAG-511-2017, (nomenclatura particular de este despacho), por tanto de conformidad con lo establecido en el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Superior decidirá en el término de cinco 05 días contando desde las fecha en que se haya sido introducido el presente Recurso de Hecho, o desde la fecha en que se acompañen las copias de las actas conducentes si el recurso hubiese sido introducido sin estas copias. Es todo.-
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE
EL SECRETARIO,
RAMÓN ANTONIO CARPIO.
EXP Nº JSAG-511-2017.-
YEM/RAC.