REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 20 de Diciembre del 2.017.
207º y 1578


Estando en el quinto y último día del lapso para dicar sentencia en el presente Recurso de Queja, de conformidad con lo establecido en el artículo 845 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Superior ordena Diferir, dicha sentencia por 30 días continuos de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que ha tenido actuaciones que requieren tramites de urgencia como lo son los siguientes amparos: JSAG-509, JSAG-510, JSAG-512 y JSAG-513, así como las audiencias previamente fijadas, y aunado a la cercanía del receso judicial por presentarse las fiestas decembrinas.


LA JUEZ,
YSABEL ESTRELLA MASABE.

EL SECRETARIO,
RAMON ANTONIO CARPIO.
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EXP- JSAG-466-2017.-
MGS/IR/lp.