REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 12 de Diciembre de 2.017
207° y 158°

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Instancia Judicial Agraria, advierte que por auto dictado en fecha 02 de Mayo de 2.017, se admitieron las pruebas promovidas por las partes intervinientes en el presente proceso, sin que conste en autos la totalidad de las resultas. Ahora bien, en atención a que son medios probatorios que se consideran necesarias para el mejor esclarecimiento de la verdad, es por lo que se acuerda diferir la Audiencia Probatoria, previamente fijada para el día de hoy, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), mediante auto de fecha 07 de julio de 2.017 y asimismo sobre la nueva fecha para la celebración dicho acto, se pronunciará por auto separado. Así se decide.

HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,

LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,






HMP/LM/yt
Exp. N° 356-15