REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cinco (05) diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Vista la diligencia de fecha treinta (30) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual el ciudadano Santiago José VILERA (Cédula de Identidad Nº 8.765.817), inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el Nº 47.537, en ejercicio de sus propios derechos e intereses como ejecutante, solicitó: “…le pido que se sirva expedir las copias certificadas de las actuaciones insertadas en la pieza 2 de este asunto, al folio 05, folio 23 frente y vuelto; folio 46 al 49, folio 68 al 69, ambos inclusive, folio 71 al 72, folio 74 al 75 ambos inclusive…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos necesarios, la certificación de las referidas copias por cuanto consta en original de los folios 05, 23, del 46 al 49, 68, 69, 71 y 72, 74 y 75 y sus vueltos.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-1997-000001
RADZ/GCMM/ngga