REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cinco (05) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Vista la diligencia de fecha treinta (30) de noviembre de dos mil diecisiete (2017) presentada ante la Unidad de Recepción y Distribución (URDD) de este Juzgado por el abogado José Gregorio PÉREZ (INPREABOGADO Nº 257.851), en su carácter de apoderado judicial del Municipio Francisco de Miranda del estado Bolivariano de Guárico, mediante el cual consignó Poder especial (marcado A) y comprobante de pago mediante el cual se le da cumplimiento a la decisión Nº PJ0102016000002 dictada por este Tribunal en fecha quince (15) de enero de dos mil dieciséis (2016), la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el abogado Ángel ORASMA GARBI (INPREABOGADO Nº 49.964), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MAURO ANTONIO SÁNCHEZ (Cédula de Identidad Nº 11.115.003), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO.
Este Tribunal, en virtud de lo anterior ordena notificar al querellante, a los fines de que exponga lo que a bien tenga decir, para lo cual, se le otorga un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir que conste en autos su notificación y de no dar respuesta se entenderá que nada queda pendiente por ejecutar en el presente juicio y se declarará terminado y se ordenará el cierre y archivo del expediente. Líbrese boleta.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2014-000101
RADZ/GCMM/ngga