REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, siete (07) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2015-000703 nomenclatura de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº CSCA-2017-002832, de fecha nueve (09) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Franklin Enrique AGÜERO HERNÁNDEZ (INPREABOGADO Nº 30.008), actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa INMOBILIARIA DIMORE, C.A., contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha veintiséis (26) de julio de dos mil dieciséis (2016), la cual se declaró “…1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el abogado (...) 2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta. 3.- CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 11 de febrero de 2015 por el Juzgado Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Guárico…”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JP41-G-2013-000041
RADZ/GCMM/ngga