REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL 1° DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES Y ORTIZ
ESTADO GUARICO
Actuando en Sede Civil
San Juan de los Morros, cuatro (04) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
SIGNO DE LA RESOLUCIÓN: CON LUGAR TITULO SUPLETORIO
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, CONFORME A LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.
SOLICITANTE: JULIAN FEDERICO CAMPOS IBARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.119.900, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: Ariana Alonzo, inscrito (a) en el INPREABOGADO bajo el No. 242.789.
EXPEDIENTE: N ° 7811-17
Nº SENTENCIA: 03-04122017.
I
Vista la solicitud recibida por distribución de fecha 01/08/2017, presentada por el ciudadano: JULIAN FEDERICO CAMPOS IBARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.119.900, de este domicilio, la cual, fue admitida por este Juzgado en fecha 03/08/2017, a fin de que sea declarado TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de terreno de su propiedad, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la certificación de linderos y ficha catastral cursantes a los folios 03 y 04 de la solicitud, así como del documento de propiedad del terreno, registrado ante la oficina de Registro Público del Municipio Juan German Roscio y Ortiz del estado Guarico, en fecha 08/03/17, bajo el No. 2017.541, asiento registral No. 1, del inmueble matriculado con el No. 350.10.6.1.7645, correspondiente al folio real del año 2017, presentado a efectum videndi que las bienhechurías se encuentran ubicadas en colina del Pariapan, comunidad Ezequiel Zamora, calle principal, parcela No. 24 de esta ciudad de San Juan de los Morros estado Guarico, constante de una superficie de: Ciento Nueve Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (109,25 Mts2), cuyos linderos y medidas son: Norte: vereda principal, su frente en 8,70 METROS LINEALES; Sur: casa de Yanis Ochoa, en 12,00 METROS LINEALES; Este: vereda 2, en 10,80 METROS LINEALES y, Oeste: casa de Grice Rios, en 10,75 METROS LINEALES; identificado con el CÓDIGO CATASTRAL No. 12-12-01-URB-12-32-24. Así mismo, se toman en consideración las testimoniales de los ciudadanos: Jaiyan Luis López Ochoa y Yanis Cricel Ochoa Oropeza, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-19.725.310 y V-8.998.801 respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el terreno de su propiedad anteriormente identificado.
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico, con sede en San Juan de los Morros; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: JULIAN FEDERICO CAMPOS IBARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.119.900, de este domicilio, dejándose a salvo en todo caso los derechos de terceros.

Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.

Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico. Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación. En San Juan de los Morros, a los cuatro (04) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

LA JUEZA
ABG. INGRID JOSEFINA DEL VALLE HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA
ABG. MAIGUALIDA DELVALLE AZAVACHE

En ésta misma fecha siendo las 11:00 a.m. se registró y publicó la anterior sentencia.

La Secretaria
Solic. 7811-17
IJH/Ma. Carolina