REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.

SOLICITUD NRO.16.090-17.

SOLICITANTE: FRANCISCA JOSEFA GUERRA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.185.367 y de este domicilio.-
ABOGADO ASISTENTE: MAGDALENA DEL VALLE GUERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 138.874.

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

En fecha 07 de Noviembre del año 2.017, mediante escrito la solicitante, ciudadana FRANCISCA JOSEFA GUERRA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.185.367 y de este domicilio, asistida por la Abogado en ejercicio MAGDALENA DEL VALLE GUERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 138.874, introdujo escrito de Solicitud con sus respectivos anexos, por ante el Juzgado Distribuidor, quedando asignada a este juzgado y fue admitida mediante auto de fecha 09 de Noviembre de2.017, donde solicita se le declare a ella y a los hijos, del Cujus, los ciudadanos: AISY BISALVA COLMENARES TOVAR, IVAN ANZORENYS COLMENARES ARCIA, WILIAM MANUEL COLMENARES TOVAR, WILMAN ARGENIS COLMENARES ARCIA, YUNEIRA ARACELIS COLMENARES ARCIA, WUENDY ZOLANGER COLMENARES TOVAR, YVAN ARGENIS COLMENARES TOVAR, JOSÉ GUILLERMO COLMENARES ARCIA, YANNY MARIBEL COLMENARES DE INFANTE, DALILA DEL VALLE COLMENARES OLIVO y MARY CARMEN COLMENARES ARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 8.820.646, 7.250.779, 8.822.943, 8.823.253, 8.828.145, 11.052.281, 8.827.358, 13.115.844, 8.823.118, 8.827.801 y 11.051.416, respectivamente, todos de este mismo domicilio, como Únicos y Universales Herederas del causante IVAN ARGENIS COLMENARES HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 2.508.527, quien falleció ab-intestato, el día 15 de Junio de 2017, según consta en Acta de Defunción Nº 103, de fecha 15 de Junio de 2.017, expedida por el Registro Civil del Municipio Zamora, del Estado Aragua.-
En fecha 09 de Noviembre de 2.017, mediante auto se admite la solicitud y se ordenó librar Edicto para ser publicado en el Diario “La Antena”, emplazando a todas aquellas personas que tuviesen interés en el asunto, para que comparecieran ante este Tribunal dentro de los Diez (10) días de despacho siguientes a la consignación del Edicto en el expediente, a exponer lo que ha bien tuvieran en relación a lo solicitado.
En fecha 15 de Noviembre de 2.017, mediante diligencia que corre inserta al folio (37), la solicitante debidamente asistida de su abogado, consignó el edicto debidamente publicado en el Diario la Antena
En fecha 22 de Noviembre de 2.017, fue agregado a los autos el Edicto y se abocó al conocimiento de la causa la Abg. Yumara Camacho, por el reposo concedido a la Juez Provisorio de este Juzgado.-
Al folio (40), en fecha 06-12-2.017, consta Nota de Secretaría, mediante la cual se dejo constancia que venció el lapso dado en el Edicto.
Mediante auto de fecha 12 de Diciembre de 2017, se aboco al conocimiento de la presente solicitud la Abg. Yanireth Hurtado Subero, Juez Provisorio de este Tribunal.
En fecha 12 de Diciembre de 2.017, corre inserta a los folios 42 y 43 de la presente solicitud, la declaración de los testigos: JOSE DANIEL CAMACHO LANDAETA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad. 14.925.427 y JESUS MARIA MATUTE ACOSTA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad. 11.794.157.
Vencido el lapso del emplazamiento sin que persona alguna haya comparecido, el Tribunal pasa a resolver la solicitud en los siguientes términos:
Del contenido de la solicitud, de los referidos elementos probatorios, surge que la misma es procedente en derecho y así se declara, tal como se expondrá en la parte dispositiva del presente fallo.-

DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara IVAN ARGENIS COLMENARES HERNÁNDEZ, a su esposa, la ciudadana FRANCISCA JOSEFA GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.185.367 y a sus hijos, los ciudadanos: AISY BISALVA COLMENARES TOVAR, IVAN ANZORENYS COLMENARES ARCIA, WILIAM MANUEL COLMENARES TOVAR, WILMAN ARGENIS COLMENARES ARCIA, YUNEIRA ARACELIS COLMENARES ARCIA, WUENDY ZOLANGER COLMENARES TOVAR, YVAN ARGENIS COLMENARES TOVAR, JOSÉ GUILLERMO COLMENARES ARCIA, YANNY MARIBEL COLMENARES DE INFANTE, DALILA DEL VALLE COLMENARES OLIVO y MARY CARMEN COLMENARES ARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 8.820.646, 7.250.779, 8.822.943, 8.823.253, 8.828.145, 11.052.281, 8.827.358, 13.115.844, 8.823.118, 8.827.801 y 11.051.416, respectivamente, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros, conforme a expresas disposiciones de la Ley. Así se decide.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.- DÉJESE CONSTANCIA EN EL LIBRO DIARIO Y EN EL DE SOLICITUDES. DEVUÉLVASE ORIGINAL CON SUS RESULTAS A LOS INTERESADOS. CÚMPLASE.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. CALABOZO, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (13-12-2.017). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA
ABG. YANIRETH HURTADO SUBERO

LA SECRETARIA
ABG. OLIVIA PAEZ

YHS/OP/ar.-
Solicitud Nº16.090-17