REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL 1º DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES Y ORTIZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Actuando en Sede Civil
San Juan de los Morros, 16 de Enero de 2.017
206º y 157º



EXPEDIENTE: Nº. 7.452-16
SENTENCIA: 02- 16012017.-
TIPO DE SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS; de conformidad con el Art. 937 del C.P.C.
SIGNO DE LA RESOLUCIÓN: CON LUGAR LA SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO.
SOLICITANTE: FELIX MANUEL, LOVERA GÓMEZ; Cedula de Identidad Nº. V- 8.784.340, asistido del abogado Cesar Carrillo; titular de la Cédula de Identidad N º. V- 10.668.505; e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 65.998.

I
Vista la solicitud presentada por el ciudadano FELIX MANUEL, LOVERA GÓMEZ; venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.784.340, de este domicilio, asistido del abogado Cesar Carrillo; titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 10.668.505; e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.65.998, distribuida para este Juzgado en fecha 06/12/2016; donde solicita que se le declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de terreno de propiedad de la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio Nieves; y admitiéndose la misma en fecha 08/12/2016, al respecto; este Tribunal observa lo siguiente:



II

Se evidencia de la CONSTANCIA MUNICIPAL y CERTIFICACIÓN DE LINDEROS, consignadas junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicados en el, Barrio Jesús Bandres, Callejón Las Brisas, casa S/N, de esta ciudad de San Juan de los Morros, Municipio Roscio Nieves del Estado Guárico, constante de una superficie de: Cuatrocientos Ochenta metros cuadrados, (480,00M²), cuyos linderos y medidas son: Norte: Con Casa de Génesis Barreto, casa Still Padilla en: 31,00; ML. Sur: Con el Solar de la casa de la Señora Yudith en: 24,80 ML. Este: Con acceso callejón Las Brisas, casa de la Familia Gómez Moreno en: 2,60; 4,80; 19,70 ML y, Oeste: Con Casa de la Sra. Reina, Solar del Señor Richard Palacios en: 15,60 ML; identificado con el CÓDIGO CATASTRAL No. 12-12-01-URB-13-39. Así mismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos, VASQUEZ URBINA, YESICA DEL VALLE; y CORREA GONZÁLEZ, KARLA YARIMA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-25.130.367 y V- 13.447.874, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el terreno municipal anteriormente identificado.

III

Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con Lugar, la solicitud de TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano FELIX MANUEL, LOVERA GÓMEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº. V- 8.784.340; dejándose a salvo los derechos de terceros y Así de Decide.
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación. En San Juan de los Morros, a los 16 días del mes de Enero de dos mil diecisiete (2.017)-


ABG. INGRID JOSEFINA DEL VALLE HERNÁNDEZ
LA JUEZ


ABG. MARIA CAROLINA, AGUIRRE AROCENA
EL SECRETARIA


En ésta misma fecha siendo las 10:35 a.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.


Secretaria,




Solicitud Nº 7.452-16
IJDVH/MCAA/Herminia