REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 15 de Febrero de 2017.
206º y 157º
EXPEDIENTE Nº JSAG-374-2015
Vencido como fuera el lapso de suspensión de conformidad con lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, mediante auto de fecha 14 de diciembre del 2016, por sesenta (60) días culminando el día 13 de febrero del año en curso. En consecuencia, este Juzgado Superior ordena notificar a las parte mediante Boleta de Notificación al ciudadano Edgar Colmenares Falcón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.315.776, Vicepresidente de la Sociedad Mercantil Granja Alconca C.A, representando judicialmente por el abogado Osvaldo Feo González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.582.098, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 156.280, y mediante oficios al Instituto Nacional de Tierras, sobre la reanudación de la presente causa, informando a las partes que una vez conste la última de las notificaciones, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho más tres (3) días de despacho previstos en los artículos 14 y 90 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de salvaguardar el derecho que tienen las partes de recusar al nuevo Juez.
En consecuencia, este Tribunal Superior ordena practicar por Secretaria, el cómputo de los sesenta (60) días continuo siguientes a que hace referencia en el parágrafo segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, desde el día 14 de Diciembre de 2016 (exclusive), fecha en la cual se paralizo la causa por mutuo acuerdo entre las partes, hasta el 13 de Febrero de 2017 (inclusive). Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
EL SECRETARIO.
IRVING LEONARDO REYES.
Quien suscribe, ABG. IRVING REYES, Secretario del Juzgado Superior Agrario del Estado Guárico, HAGO CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Juzgado Superior, se evidencia: Que los sesenta (60) días continuos, a que hace referencia en el parágrafo segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, transcurrieron desde el día 14 de Diciembre de 2016 (exclusive), siendo los siguientes días Jueves 15, Viernes 16, Sábado 17, Domingo 18, Lunes 19, Marte 20, Miércoles 21, Jueves 22, Viernes 23, Sábado 24, Domingo 25, Lunes 26, Marte 27, Miércoles 28, Jueves 29, Viernes 30, Sábado 31, de Diciembre de 2016 (exclusive), Domingo 01, Lunes 02, Marte 03, Miércoles 04, Jueves 05, Viernes 06, Sábado 07, Domingo 08, Lunes 09, Marte 10, Miércoles 11, Jueves 12, Viernes 13, Sábado 14, Domingo 15, Lunes 16, Marte 17, Miércoles 18, Jueves 19, Viernes 20, Sábado 21, Domingo 22, Lunes 23, Marte 24, Miércoles 25, Jueves 26, Viernes 27, Sábado 28, Domingo 29, Lunes 30, Marte 31, de Enero 2017, Miércoles 01, Jueves 02, Viernes 03, Sábado 04, Domingo 05, Lunes 06, Marte 07, Miércoles 08, Jueves 09, Viernes 10, Sábado 11, Domingo 12, y Lunes 13 de Febrero de 2017 (Inclusive).
EL SECRETARIO.
IRVING LEONARDO REYES.
Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 14 de Diciembre de 2016 (Exclusive), hasta el día 13 de Febrero de 2017 (Inclusive), transcurrieron los sesenta (60) días continuos, habiendo transcurrido íntegramente la suspensión de conformidad con lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, es por ello que este Juzgado Superior, en consecuencia se ordena notificara las partes que la causa se reanudara en el lapso del abocamiento la misma se hará mediante boleta de notificación a la parte demandante, antes identificada y al Instituto Nacional de Tierras a través de oficios. Líbrese las notificaciones correspondientes. CUMPLASE.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO.
IRVING LEONARDO REYES.
Exp. Nº JSAG-374-2015.-
MGS/IR/sm.-