REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 02 de Febrero de 2017.
206° y 157°
En el día de hoy, jueves 02 de febrero del año 2.017, siendo las nueve de la mañana (10:00 a.m.) hora fijada, a los fines de que tenga lugar la audiencia oral de conformidad con el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la causa Nº JSAG-440-2016, en virtud del Recurso Apelación cursante por este Juzgado Superior, se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencias de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, la Jueza Margarita García Salazar, el Secretario Irving Leonardo Reyes, y el Alguacil Delvis Méndez; asimismo se deja constancia que se encuentra presente en este acto abogado Jesús Antonio Anato, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.482.876, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 90.906, en representación del ciudadano Miguel Ángel Bethencourt Herrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.841.619. (En su condición de Apelante). Seguidamente toma el derecho de palabra la ciudadana Juez Superior la cual expone: Oído el objeto de la presente audiencia se le concede el derecho de palabra a la parte apelante, la cual expuso: “Ratifico todas los pronunciamientos planteados en el libelo de apelación”.
Expone la Jueza: Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual establece:
“…Verificada esta audiencia, se dictara sentencia en audiencia oral dentro de los tres días de despacho siguiente a la preclusión de la misma. El juez o jueza deberá extender la publicación del fallo en el expediente, dentro de los diez días continuos siguientes al proferimiento oral de la sentencia…”
En este estado se declara culminado el acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 10:53 am.
LA JUEZ,
MARGARITA GARCÍA SALAZAR
El Apoderado judicial
De la parte Actora (Parte Apelante)
Abg. Jesús Antonio Anato.
Inpreabogado N° 90.906.-
Ciudadano Miguel Ángel Bethencourt Herrera
El Alguacil
Delvis Méndez;
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.
Exp.: Nº JSAG-440-2016
MG/IR/Ef.