REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 03 de Febrero de 2.017.
206º y 157º
En el día de hoy viernes 03 de febrero de 2.017, siendo las 10:39 a.m. de la mañana, se constituyo el Tribunal a cargo de la Jueza Margarita García Salazar, el Secretario Irving Leonardo Reyes, La Alguacil Accidental Elluz Flores, acto seguido se procedió a juramentar a los expertos: ciudadanos técnicos adscritos al Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI), Técnico Especial en Salud Vegetal Ing. Héctor Laya, titular de la cédula de identidad N° V-12.475.564, Técnico Especial Animal Ing. Ramón Darío Pérez, titular de la cédula de identidad N° V-15.811.900, a los fines de realizar la experticia y la Inspección Judicial en la empresa Agropecuaria “Granja Avícola Las Tres B, C. A.”, ubicada en el sector los Flores, carretera nacional, San Juan de los Morros del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, constante de once hectáreas con dos mil cien metros cuadrados aproximadamente, (11 has con 2100 m2). Se deja constancia que se encuentra presente la parte ciudadana María de los Ángeles Bethencourt Herrera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.428.381, en su condición de Representante Legal de la sociedad mercantil por ostentar el cargo de Gerente de Administración de la Junta Directiva de la mencionada Agropecuaria “Granja Avícola Las Tres B, C.A.”, representada por el abogado Carlos Eduardo Toro Valera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.884.464, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 78.820 y el ciudadano Miguel Ángel Bethencourt Herrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.841.619, en su condición de Gerente de Producción Animal de la referida Granja representado por el abogado Jesús Antonio Anato, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.482.876, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 90.906. Se deja constancia en este acto que además se encuentran presente; los siguientes;
Ciudadano José Ángel Suarez Bethencourt, titular de la cedula de identidad N° 14.871.157, asimismo se deja constancia que se encuentra presente la representación del Instituto Nacional de Tierras (INTI), representado judicialmente por el abogado Luis Aponte, titular de la cédula de identidad N° V-7.576.138, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el N°106.667 y el Técnico adscrito al Instituto Nacional de Tierras Ing. Víctor Martínez, titular de la cédula de identidad N° V-13.447.944.
Acto seguido el Tribunal procede a realizar un recorrido sobre el lote de terreno objeto de la presente inspección antes identificada, luego de realizado el recorrido sobre el lote de terreno este Juzgado procede a dejar constancia con la ayuda del practico de los siguientes particulares.
PRIMERO: El Tribunal deja constancia del lugar en donde se encuentra constituido con la ayuda del técnico adscrito al Instituto Nacional de Tierras, Víctor Martínez, plenamente identificado, en cuanto a la Inspección Judicial: Agropecuaria “Granja Avícola Las Tres B, C. A.”, ubicada en el sector los Flores, carretera nacional, San Juan de los Morros del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, en la casa principal donde funciona la oficina administrativa de la Granja: de la siguiente manera E675980; N1088568, WG584; HUSO19, físicamente nos encontramos en la casa de los (†) fundadores de la Granja Avícola Las Tres B, C. A., seguidamente el Tribunal pasa a describir el inmueble en el cual está constituido; por habitaciones totalmente amuebladas , una cocina equipada, sala y comer equipados, una oficina administrativa de la Granja Las Tres B C.A., y un corredor amplio.
SEGUNDO: El Tribunal deja constancia de los inmuebles y/o bienhechurías que se encuentran en el lote de terreno objeto de inspección, con la ayuda del técnico Víctor Martínez, plenamente identificado, se deja constancia que se encontraron los siguiente inmuebles; dos (02) viviendas, la vivienda principal y una vivienda ocupada por la señora María de los Ángeles Bethencourt Herrera; una (01) vivienda que se encuentra en construcción perteneciente al ciudadano José Ángel Suarez Bethencourt; un (01) conjunto residencial constante de dos edificios y dos locales comerciales; la primera etapa distribuido en cuatro apartamentos; el 1-1 ocupado por la señora María de los Ángeles Bethencourt Herrera; el 1-2 ocupado por el ciudadano José Ángel Suarez Bethencourt; el 1-3 ocupado por la ciudadana Astrid Suarez Bethencourt y el 1-4 se encuentra desocupado; y los locales comerciales el N° 1 ocupado por el ciudadano Miguel Ángel Bethencourt Herrera; el N° 2 ocupado por el ciudadano José Ángel Suarez Bethencourt; el N° 3 ocupado por la ciudadana Astrid Suarez Bethencourt, estos pertenecientes a la primera etapa. Dos (02) apartamentos pertenecientes a la segunda etapa; 2-1 se encuentra desocupado y el 2-2 ocupado por el ciudadano Miguel Ángel Bethencourt Herrera y un local comercial ocupado por el ciudadano Miguel Ángel Bethencourt Herrera; un (01) deposito de la unidad de producción de enseres menores; una (01) casa de personal obrero; cuatro (04) galpones de producción los cuales se encuentran activos el N° 1, 2 y 4, el 3 se encuentra sin producción; un (01) galpón de cría de levante; una (01) planta procesadora de alimento para el consumo de alimento del ganado; dos (02) galpones pequeños llamados Progreso y Porvenir; una (01) vaquera con tres corrales de tubo llamada el Encanto; cuatro (04) tanques con una capacidad aproximadamente de: 40 mil litros, 70 mil litros, 20 mil litros y 80 mil litros; diez (10) silos de 10 mil kg c/u; un (01) incinerador aproximadamente entre 80 y 100 kg el cual se encuentra actualmente inactivo, un (01) deposito principal que se utiliza para los huevos.
TERCERO: El Tribunal deja constancia de la producción existente en la “Granja Avícola Las Tres B, C.A.”, con la ayuda del técnico Víctor Martínez, plenamente identificado, se deja constancia en cuanto a la producción de huevos, se evidencio el funcionamiento de cuatro galpones, el primero cuenta con aproximadamente 6900 gallinas ponedoras, el segundo galpón cuenta con aproximadamente 4300 gallinas ponedoras, el cuarto cuenta con aproximadamente 14800 gallinas ponedoras y el tercero se encuentra inactivo, un conuco pequeño con siembra de maíz de consumo familiar con aproximadamente 800 plantas dentro de la unidad, un conuco de limón aproximadamente con 60 plantas y un conuco de caña de azúcar con aproximadamente 80 plantas. King grass y pasto aleman. Asimismo se deja constancia que el ciudadano Miguel Ángel Bethencourt Herrera, cuenta con ocho mautes semi-estabulado que pastan dentro de la unidad de producción marcados con el hierro de su pertenencia. Asimismo el ciudadano José Ángel Suarez Bethencourt expone: “tengo cinco (05) mautes y están marcados con los hierros de mi mama, mi papa y el mío ya posteriormente se consignará en el expediente que se encuentra en el tribunal”.
CUARTO: El Tribunal deja constancia, en cuanto a la Experticia con la ayuda del técnico adscrito al Instituto Nacional de Tierras (INTI), y asesoramiento de los funcionarios adscritos al Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI) lo siguiente: (determinar el área de producción y el área residencial así como las vías de acceso para llegar a los inmuebles del uso residencia construido y así como a la unidad de producción). Se deja constancia que la Granja cuenta con una sola vía de acceso que va desde el portón de la entrada hasta la vivienda principal y de allí continua al margen derecho pasando por las dos viviendas una que se encuentra ocupada por la señora María de los Ángeles Bethencourt Herrera y la otra que se encuentra en construcción perteneciente al ciudadano José Ángel Suarez Bethencourt, y bordea todo el lindero donde se encuentra cercado con alambre de púa. Asimismo se referencio la poligonal correspondiente al área de vivienda; así como el área tentativamente dispuesta para patio productivo de las viviendas; también el área que ocupa la planta de secado; el tanque principal y dos (02) de agua para consumo; se verifico una (01) laguna de oxidación y una (01) laguna natural y el área donde se encuentra ubicación de la capilla.
QUINTO: El Tribunal deja constancia en cuanto a la Experticia con la ayuda del técnico adscrito al Instituto Nacional de Tierras (INTI), y asesoramiento de los funcionarios adscritos al Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI) lo siguiente: (Salud Animal). Se deja constancia que el Tribunal le da un lapso de cinco (05) días de despacho a los técnicos adscritos al Instituto Nacional de Tierras (INTI) y al Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI), a fin de que presenten informe técnico de experticia, el cual deberá ser presentado el día lunes 13 de febrero, una vez presentados los informes se reanudará la audiencia oral, igualmente se deja constancia que el día de hoy se agrego el avaluó del Banco en el expediente JSAG-437-2016, el cual se expedirá copia simple.
SEXTO: El Tribunal deja constancia en cuanto a la Experticia con la ayuda del técnico adscrito al Instituto Nacional de Tierras (INTI), y asesoramiento de los funcionarios adscritos al Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI) lo siguiente: (Planta de secado). Se deja constancia que el Tribunal da un lapso de cinco (05) días de despacho para la consignación del informe de experticia. Asimismo se deja constancia que el ciudadano Miguel Ángel Bethencourt Herrera, consigno al Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI), memoria descriptiva del proyecto de la agropecuaria DAVIANYELI, C.A. de igual manera el ciudadano José Ángel Suarez Bethencourt manifiesta lo siguiente: “cambiar el destino de la planta a procesadora de alimento de gallina el cual funcionaria el cilindro de secado para procesar el maíz húmedo, soya, afrechillo, impurezas de maíz y de arroz, y luego pasaría al mezclador y se le proporcionaría vitaminas y aminoácidos; con la experiencia de prácticas que hemos realizado en la granja con molinos y premezclados a mano para luego ser elevados a los silos de almacenamiento, practicas que realizamos entre enero y abril del año 2016, la cual nos ayudo a mantener la producción”.
SEPTIMO: El Tribunal deja constancia en cuanto a la Experticia con la ayuda del técnico adscrito al Instituto Nacional de Tierras (INTI), y asesoramiento de los funcionarios adscritos al Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI) lo siguiente: (Procesadora de Alimento). Se deja constancia que este punto se desarrollo en el primer particular.
OCTAVO: El Tribunal se reserva cualquier otro particular a ser evacuado en el sitio. El abogado Anato expuso: “sugiero la revisión del local”. Se ordena trasladar al depósito de huevos todo tipo de materiales y objetos que pertenezcan a la unidad de producción, por lo que tienen hasta el día lunes para realizar ese traslado. Asimismo este Tribunal ordena iniciar el incinerador hasta que el Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI) presente sus informes. De este modo el ciudadano Miguel Ángel Bethencourt Herrera expuso: “solicito la reactivación de mi cargo”. La ciudadana Jueza expone: “en cuanto a las funciones de producción establecidas en los estatutos deben ser reactivadas ya que se encuentran en los estatutos de la empresa, por lo que estos deben cesar”. Asimismo el tribunal deja constancia que la presente medida tiene vigencia a partir del presente momento, asimismo se extenderá el extenso de la presente medida en fecha 06 de febrero del presente año.
Es todo, se termino, se leyó y conformen firman siendo las 3:28 de la tarde este Juzgado ordena el regreso a su sede.
LA JUEZA,
ABG. MARGARITA GARCIA SALAZAR
LA ALGUACIL ACC,
ELLUZ FLORES
EL SECRETARIO,
ABG. IRVING LEONARDO REYES G.
Exp N° JSAG-437-2016
MG/IR/Ef.-