REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 13 de Febrero de 2.017
206° y 157°
Vista la diligencia suscrita en fecha 08 de Febrero de 2017, por el abogado José Arquímedes Díaz, inscrito en el inpre-abogado Nº 60.919, con el carácter de autos, mediante la cual solicita a este tribunal se sirva fijar oportunidad para la ejecución forzosa de la sentencia dictada en fecha 16 de Diciembre del 2016. Esta Instancia Judicial visto lo solicitado y vencido como se encuentra el lapso otorgado para que el demandado efectuara
la Ejecución Voluntaria del fallo, se acuerda fijar su traslado y constitución para el día miércoles 22 de Marzo del 2.017, a las ocho y treinta horas de la mañana (8:30 a.m.), en el lote de terreno denominado; Asociación Civil “Colectivo La Tordita”, ubicado en el municipio San Jerónimo, parroquia Guayabal del estado Guárico, constante de ciento cuarenta y nueve hectáreas con siete mil cincuenta y tres metros cuadrados (149 has, 7.053 Mts2) aproximadamente, para practicar la ejecución forzosa de la sentencia definitivamente firme, dictada por este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, asimismo se acuerda oficiar al Comandante del Destacamento Nº 342 de la Guardia Nacional Bolivariana, con sede en esta ciudad de Calabozo, a los fines de que designe dos (02) funcionarios que sirvan de custodia a este tribunal en la práctica de la Ejecución Forzosa, así como también a la Dirección Administrativa Regional, a los fines de se sirva designar una camioneta de ese despacho a su digno cargo, para fines del traslado. Líbrese oficios.


HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,

LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,

HMP/LM/yt/mo
Exp. 402-16