REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dos (02) de febrero de dos mil diecisiete (2017)
206º y 157º
Visto que en fecha veintisiete (27) de enero de dos mi diecisiete (2017), se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado, diligencia mediante la cual la abogada Ledys MORENO (INPREABOGADO Nº 168.396) actuando en su carácter de apoderada judicial del Municipio Julián Mellado, consignó copia simple de comprobantes de cheque que acreditan el cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, el veintisiete (27) de junio de dos mil once (2011), en el cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, por el ciudadano RÓMULO RAMÓN SOLÓRZANO TOSCANO (Cédula de Identidad Nº 13.732.014), entonces asistido de abogada, contra el MUNICIPIO JULIÁN MELLADO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Este Tribunal, en virtud de lo anterior ordena notificar al querellante, a los fines de que exponga lo que a bien tenga decir, para lo cual se le otorga un lapso de treinta (30) días continuos contados a partir que conste en autos su notificación y de no dar respuesta se entenderá que nada queda pendiente por ejecutar en el presente juicio y se declarará terminado y se ordenará el cierre y archivo del expediente. Líbrese boleta.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2009-000125
RADZ/GCMM