REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dos (02) de febrero de dos mil diecisiete (2017)
206º y 157º
Visto que en fecha dos (02) de febrero de dos mil diecisiete (2017), la abogada Ayaris Coromoto SOSA NIEVES (INPREABOGADO Nº 135.756), actuando en carácter de apoderada Judicial del ciudadano NESTOR ALBERTO MIJARES MARTÍNEZ (Cédula de Identidad Nº 11.030.939), mediante diligencia solicitó “…En virtud de que hoy se encuentra fijada la Evacuación de testigos para las 02:00 horas de la tarde de los ciudadanos: Yolimar Flores y Leomar Leal, respectivamente, los mismos no podrán comparecer a dicho acto, dado que no pueden viajar desde la ciudad de Zaraza por motivos económicos, por lo tanto muy respetuosamente solicito al tribunal Decierto dicho acto, y en consecuencia fije una nueva oportunidad para la Evacuación de Testigos…”. Este Tribunal, acuerda de conformidad con lo solicitado y suspende el acto de evacuación de prueba testimonial para el tercer (3º) día de despacho siguiente a la presente fecha inclusive a las diez antes meridem (10:00 a.m.) para que tenga lugar la referida evacuación de prueba testimonial.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2015-000098
RADZ/GCMM/ejph