REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2015-000862 nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2017-0175, de fecha nueve (09) de febrero de dos mil diecisiete (2017), contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano OSWALDO ENRIQUE MEJIAS CASTILLO (Cédula de Identidad Nº 16.714.219) asistido de abogado, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha veintiuno (21) de enero de dos mil dieciséis (2016), en la cual declaró “…1. Su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta (...) 2. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto (…) 3. REVOCA el fallo dictado por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en fecha 22 de julio de 2015 (…) 3. ORDENA al Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico se pronuncie sobre las demás causales de inadmisibilidad…”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JP41-G-2015-000077
RADZ/GCMM/ejph