REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, tres (03) de febrero de dos mil diecisiete (2017)
206º y 157º
Visto que en fecha veintiséis (26) de enero de dos mil diecisiete (2017), la abogada Glenda M. VARGAS (INPREABOGADO Nº 218.834) actuando con el carácter de apoderada judicial del la Procuraduría General de la República, mediante diligencia apeló de la sentencia Nº PJ0102017000003 dictada por este Tribunal en fecha dieciséis (16) de enero de dos mil diecisiete (2017). Ahora bien, por cuanto se ordenó notificar de la referida sentencia. Este Juzgado advierte que oirá el recurso de apelación ejercido una vez conste en autos la última de las notificaciones libradas.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2014-000010
RADZ/GCMM/ejph