REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, tres (03) de febrero de dos mil diecisiete (2017)
206º y 157º

Visto que en fecha dos (02) de febrero de dos mil diecisiete (2017), la abogada Ayaris Coromoto SOSA NIEVES (INPREABOGADO Nº 135.756), actuando en carácter de apoderada Judicial del ciudadano DANNY TEODORO CORNEJO PÉREZ (Cédula de Identidad Nº V-. 15.062.222), mediante diligencia expuso que: “…IMPUGNO mediante la presente diligencia, en virtud de que son alegaciones propias del acto de contestación de la demanda y además, en el acto de evacuación de testigos promovido por esta defensa…”. Este Tribunal, advierte que en relación a la impugnación realizada pasara a pronunciarse como punto previo en la sentencia de fondo.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES






Exp. Nº JP41-G-2016-000012
RADZ/GCMM/ejph