REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, ocho (08) de febrero de dos mil diecisiete (2017)
206º y 157º

Visto que en fecha veinticuatro (24) de enero del año dos mil diecisiete (2017), este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, dictó sentencia Nº PJ0102017000008 en la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA, y ordeno su notificación, este Juzgado ordena librar la boleta respectiva, por cuanto se evidencia que la misma no ha sido librada.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,




Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES















Exp. Nº JP41-G-2014-000074
RADZ/GCMM/ejph