REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO NIEVES Y ORTÍZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Actuando en Sede Civil
San Juan de los Morros, 02 de febrero de 2017
206º y 157º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA Nº 01- 02022017
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: DAYANA DEL VALLE ORTUÑO MARTINEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nros. V-17.582.418.-
EXPEDIENTE: Nº 7457-16
I
Vista la solicitud, presentada por la ciudadana DAYANA DEL VALLE ORTUÑO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-17.582.418, asistida en este acto por la abogada en ejercicio: ROSANNA ISABEL ESPINOZA SPIEZIIA, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 233.925, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad, V-17.583.257, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurias levantadas en una parcela de propiedad Municipal al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACIÓN PARA EVACUAR TITULO SUPLETORIO Y LA CERTIFICACION DE LINDEROS, emanadas de la Alcaldía del Municipio Juan German Roscio del Estado Guárico, consignadas junto a la solicitud que las bienhechurias se encuentran ubicadas en la: CARRETERA NACIONAL, VIA PARAPARA, SECTOR EL GRILLERO, CASA S/N, SAN JUAN DE LOS MORROS, MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO, ESTADO GUÁRICO, constante de una superficie de: DOS MIL DOSCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTÍMETROS (2.210.28 M2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Con retiro de Quebrada, en: 89,00 ML, SUR: Con Carretera Nacional, su frente, en: 87,00 ML, ESTE: Con Terreno Municipal, en: 32,00 ML, OESTE: Con retiro de Quebrada, en: 19,00 ML; identificado con el Código Catastral No. 121201RUR Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos DANIEL PALLARES JIMENEZ y ALBA MAYELIN JIMENEZ BELIZARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: Nº V-17.932.208 y V-21.277.591respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurias sobre el terreno de propiedad municipal anteriormente identificado.
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana DAYANA DEL VALLE ORTUÑO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-17.582.418, dejándose a salvo el derecho de terceros.
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a los solicitantes y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación. En San Juan de los Morros, a los Dos (02) días del mes de Febrero del año Dos Mil Diecisiete (2017).-
LA JUEZA
ABG. INGRID JOSEFINA HERNANDEZ
SECRETARIA TEMPORAL
ABG. MARIA CAROLINA AGUIRRE AROCENA
En ésta misma fecha siendo las 11:30 a.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.
SECRETARIA TEMP.
SOLC. Nº. 7457-16
IJH/MCAA/ylr.-
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