REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORIDNARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, VENTITRES DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE (23-02-2017).-
206° y 157°
Sentencia Interlocutoria.
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional; este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana YUSMERY ROSANEL HERNANDEZ DIAZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.062.098 sobre bienechurias de propiedad ubicada en la Calle Principal cruce con transversal Nº 1, valles de Paural del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, enclavadas en una área de terreno de Trescientos Metros Cuadrados y alinderada así: NORTE: Parcela que es o fue de Raquel Idima, en veinticinco Metros (25,00 mts) SUR: Transversal Nº 1, veinticinco metros (25, 00 mts). ESTE: Solar y casa que es o fue de Miguel Bandres en doce metros (12,00 mts) y OESTE: Calle Principal de Valles de Paural, en doce metros (12, 00 mts) cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Se deja constancia y anexo de autorización Nº 061/2017 de la Sindicatura Municipal del Municipio San José de Guaribe del Estado Guárico, de fecha 17-02-2017.- Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.
EL JUEZ.
_______________________________
Abg. PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES-
LA SECRETARIA.
_____________________________
Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO
PRCR/LG/plho.
Solicitud Nº 2017-1241 Titulo Supletorio de Propiedad.
|