REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 12 de Julio de 2.017
207° y 158°
Estando en la oportunidad legal correspondiente para este tribunal pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas por las partes en el presente juicio por Acciones Derivadas de Contrato Agrario, se provee en consecuencia:
La parte actora representada por el abogado Ángel Rafael Morillo Raya, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº 16.263, en representación del ciudadano Sosimo Virgilio Rivero Escobar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.634.020, en el escrito libelar promovió prueba de confesión de la parte accionada, ciudadano José Geronimo Pantoja, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº V- 15.481.663, para que absuelva bajo juramento las posiciones juradas, la cual se admite por no ser contrarias al la Ley, al orden publico ni a las buenas costumbres, razón por la cual se fijan para el día jueves 03 de Agosto de 2.017, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.). Líbrese la respectiva boleta.
En relación a la posición jurada del ciudadano Sosimo Virgilio Rivero Escobar, antes identificado, se acuerda para el día jueves 03 de Agosto de 2.017, a las once horas de la mañana (11:00 a.m.).
Este tribunal fija un lapso de treinta (30) días continuos para la evacuación de las pruebas, los cuales comenzarán a transcurrir al día siguiente del presente auto, todo de conformidad a lo establecido en el último aparte del artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se declara.
HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,
LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,
HMP/LM/jc
Exp. 418-16