REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diez (10) de julio de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Visto que en fecha cuatro (04) de julio de dos mil diecisiete (2017), mediante diligencia el abogado Simón ARREAZA SANSOBRINO (INPREABOGADO Nº 121.814), en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JESÚS JAVIER MORENO CHACÓN (Cédula de Identidad Nº 24.423.667), consignó los fotostatos necesarios para cumplir con las notificaciones ordenadas mediante sentencia Nº PJ0102017000079, dictada por este Juzgado en fecha veintiocho (28) días del mes de junio de dos mil diecisiete (2017) en la que se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano JESÚS JAVIER MORENO CHACÓN (Cédula de Identidad Nº 24.423.667), entonces asistido de abogado, contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.I.C.P.C), por lo que, este Juzgado libra los oficios respectivos.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2016-000065
RADZ/GCMM/ejph