REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diecisiete (17) de julio de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º


Vista la diligencia de fecha doce (12) de julio de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual, el abogado Roberto BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.489), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARMELO ANDERSON MACHADO SALCEDO (Cédula de Identidad Nº 20.587.352), apeló de la decisión Nº PJ0102017000073, dictada en fecha dieciséis (16) de junio de dos mil diecisiete (2017) en la cual declaró procedente la solicitud de levantamiento de la protección cautelar de amparo acordada en decisión Nº PJ0102014000025 de fecha veintiséis (26) de marzo de dos mil catorce (2014), en la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano antes mencionado, entonces asistido de abogado, contra el GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO).
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, lo ADMITE y en consecuencia OYE EN UN SOLO EFECTO la apelación ejercida, por lo que ordena abrir cuaderno separado con copias certificadas y remitirlo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem. Remítase el cuaderno separado, para lo cual la parte actora deberá proveer los fotostatos que considere necesarios.
El Juez,




Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,




Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. JP41-G-2014-000022
RADZ/GCMM/ejph