REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Vista la diligencia de fecha veinte (20) de julio de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual el abogado Reinaldo TORRES SIERRA (INPREABOGADO Nº 35.926), solicitó copia certificada de: “…DE LA RESOLUCIÓN Nº DA-515-011, DICTADA POR LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO, LA CUAL CORRE EN LOS FOLIOS 211, 212 Y 213…” (Sic). Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, NIEGA la certificación de los referidos folios por cuanto la causa no se encuentra terminada y de la revisión de las actas que conforman el expediente no se evidencia poder otorgado a su persona.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES















Exp. Nº JE41-G-2011-000030
RADZ/GCMM/ejph