REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.- ALTAGRACIA DE ORITUCO, SÉIS (06) DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE (2017).-

207º y 158º
Actuando en Sede Civil
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
SOLICITANTE: CESAR AUGUSTO MARTINEZ HERNANDEZ.-
EXPEDIENTE: Nro. 17-8130.-
Nro. SENTENCIA: 03-06072017.-
I
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: CESAR AUGUSTO MARTINEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.365.732, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio RAFAEL ROSA ROMERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro.1.405, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de terreno municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de Autorización consignada junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la Avenida Ilustres Próceres, cruce con Andrés Eloy Blanco, sector El Cumbito, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, cuyas medidas y linderos son: Norte: con la Avenida Ilustres Próceres en CATORCE METROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS (14,95 MTS); Sur: con terreno ocupado por Media Agua, inmueble de la propiedad de Carlos y Cesar Martínez Hernández, en DIECISEIS METROS CON OCHENTA CENTIMETROS (16,80 MTS); Este: con calle Andrés Eloy Blanco, en DIECISIETE METROS CON VEINTICINCO CENTÍMETROS (17,25 MTS); y Oeste: con caso que es o fue de Ana Fuentes de Zanotty, en QUINCE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (15,60 MTS); lo que conforma un área total de terreno Municipal de: DOSCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CON CUARENTA CENTIMETROS (262,40 MTS) y con un área de construcción de DOSCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CON CUARENTA CENTIMETROS (262,40 MTS).- Asimismo, se toman en consideración los TESTIMONIALES de los ciudadanos SALVADOR RUBIN DELGADO y JOSE RAMON RANGEL HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 2.213.135 y V- 2.208.612, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el terreno municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Sede en Altagracia de Orituco, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano CESAR AUGUSTO MARTINEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.365.732 y de este domicilio.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a los solicitantes y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.- En Altagracia de Orituco, a los seis (06) días del mes de julio de dos mil diecisiete (2017).- Años 206º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. MONICO A. AQUINO GUERRERO.-
EL SECRETARIO,


ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-

En ésta misma fecha siendo la 02:35 p.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.----------------------------------------------------------------------------------------------
EL SECRETARIO,

MAAG/mz.-
Sol. Nro. 17-8130.-