REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 29 de Junio de 2017
207º y 158º
ASUNTO: AP11-V-2014-001137
Efectuada como ha sido la revisión de las actas que conforman el presente expediente, y por cuanto el mismo versa sobre una Acción Declarativa de Mera Certeza, en la que la ciudadana ALICIA DEL CARMEN CONTRERAS, manifestó haber tenido una relación concubinaria con el ciudadano ISIDRO JOSÉ ZARRAGA HERNÁNDEZ, y visto que para este tipo de acción se hace necesaria la intervención del Ministerio Publico, a fin de que el mismo tenga conocimiento de dicho asunto y exponga lo que crea conveniente al respecto, este Tribunal en aras de amparar el derecho a la defensa y el debido proceso consagrados y protegidos en nuestra Ley Fundamental, de conformidad con lo establecido en el articulo 514 del Código de Procedimiento Civil, acuerda dictar el presente AUTO PARA MEJOR PROVEER en el que se establece lo siguiente: Notifíquese mediante boleta al ciudadano Fiscal (de turno) Del Ministerio Publico Del Área Metropolitana De Caracas, junto con copia certificada del libelo, auto de admisión y del presente auto, a los fines que tenga conocimiento de estas actuaciones y una vez conste en autos la misma este Tribunal procederá a emitir el pronunciamiento definitivo sobre este asunto. Líbrese Boleta junto con copia certificada.
El Juez,
Abg. César A. Mata Rengifo
La Secretaria,
Abg. Inés Belisario Gavazut.
Se insta a la parte interesada a consignar las copias fotostáticas necesarias a fin de dar cumplimiento al presente auto.
La Secretaria,
Abg. Inés Belisario Gavazut.
CAMR/IBG/JAP