REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veinte (20) de junio del año 2017
206° y 157°

Vistas las pruebas promovidas ante esta Alzada por la representación judicial de la parte actora abogado LUIS VENTURA CORDOVA CELIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.479, este Tribunal Superior Primero, de conformidad con lo establecido en el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil, las ADMITE cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la sentencia correspondiente que a bien se dictará en el presente caso en esta Instancia.
LA JUEZ,


Dra. INDIRA PARÍS BRUNI.
LA SECRETARIA,



ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA.


IPB/MAP/damaris
Exp. Nº AP71-R-2017-000447








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veinte (20) de junio del año 2017
206° y 157°

Vistas las pruebas promovidas ante esta Alzada por la representación judicial de la parte actora abogado LUIS VENTURA CORDOVA CELIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.479, este Tribunal Superior Primero, de conformidad con lo establecido en el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil, las ADMITE cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la sentencia correspondiente que a bien se dictará en el presente caso en esta Instancia.
LA JUEZ,


Dra. INDIRA PARÍS BRUNI.
LA SECRETARIA,



ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA.


IPB/MAP/damaris
Exp. Nº AP71-R-2017-000447