REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 05 de Junio de 2017.
207° y 158°


Visto el oficio N° R11-0117-17, de fecha 02 de Junio de 2017, emitido por el Coordinador de la Oficina Regional de Tierras del Estado Guárico, el cual fue enviado al correo electrónico de este Tribunal juzgadosuperioragrario@gmail.com; En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregarlo al presente expediente con el cual se relaciona; Asimismo en aras de resguardar el Derecho a la Defensa y el Debido Proceso establecidos en los artículo 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena dejar transcurrir el lapso de (5) días de despacho concedidos para la remisión de la información solicitada al la Oficina Regional de Tierras, los cuales vencen el 07 de junio de 2017; y una vez transcurrido dicho lapso se fija audiencia para la lectura del fallo al 3er tercer día de despacho siguiente, a la una y treinta (01:30 pm) de la tarde de conformidad con lo establecido en el artículo 229 de la ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.

LA JUEZ.
MARGARITA GARCÍA SALAZAR

EL SECRETARIO
IRVING LEONARDO REYES



Exp.: Nº JSAG-457-2017.
MGS/IR/nh