REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de junio de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Vista la decisión dictada por este Juzgado Superior Contencioso Administrativo en fecha primero (01) de junio de dos mil diecisiete (2017), bajo el Nº PJ0102017000066, mediante la cual declaró “…1 NO ACEPTA conocer de la acción (…) 2 ORDENA la remisión del presente asunto, a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia…”. En la demanda por intimación interpuesta por el ciudadano NEPTALÍ RAFAEL JIMÉNEZ JIMÉNEZ (Cédula de Identidad Nº 1.589.169), actuando en su carácter de Representante del Fondo de Comercio RESTAURANTE Y LUNCHERÍA POPULAR contra el MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, este juzgado ordena remitir el presente asunto a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con la aludida decisión.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria Temporal,



Abog. BRIGITT D. DELGADO MESA








Exp. Nº JP41-G-2017-000028
RADZ/BDDM/ejph