REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintisiete (27) de junio de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Vista la diligencia presentada en fecha veintiuno (21) de junio de dos mil diecisiete (2017) por la abogada María Luisa MATHEUS (INPREABOGADO Nº 94.497), actuando en su carácter de co-apoderado Judicial de la Procuraduría General del estado Bolivariano de Guárico, mediante el cual apeló de la auto de la sentencia Nº PJ0102017000075 dictada en fecha veinte (20) de junio de dos mil diecisiete (2017). Este Tribunal advierte, que en el aludido fallo se ordenó la notificación a las partes, y por cuanto no consta en autos ninguna de las notificaciones, este Juzgado, se abstiene de emitir pronunciamiento sobre el recurso ejercido hasta tanto conste en el expediente las resultas de las notificaciones de dicha sentencia.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES





Exp. Nº JP41-G-2015-000086
RADZ/GCMM