Recibida por Distribución en fecha Ocho (08) de Junio de 2.017, escrito presentado por la ciudadana: YOHENNY MARGARITA LARA LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.426.353, asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS LUIS LOVERA, debidamente inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 62.065, contentivo de la solicitud de declaración de TITULO SUPLETORIO, a su favor, sobre unas Bienhechurías levantadas en un lote de terreno Municipal, constante de una superficie de: OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (82,75 M2), ubicado en la Carretera Nacional. Sector San Francisco. Parroquia San Francisco de Tiznados. Municipio Ortiz del Estado Guárico, cuyos linderos son: NORTE: Carretera Nacional, con 9.20 Metros Lineales (9,20 ML). SUR: Casa y Solar de MERCEDES DIAZ, con 10,70 Metros Lineales (10,70 ML); ESTE: Casa y Solar de MERCEDES DIAZ, con 7,50 Metros Lineales, (7,50ML) y OESTE: Licoreria Tiznados, con 9,50 Metros Lineales (9,50ML).
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y DECRETA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: YOHENNY MARGARITA LARA LARA ut supra identificada, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros a tenor de lo previsto en el artículo 898 eiusdem.

Regístrese y expídase copia certificada de la presente resolución, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil. Devuélvase las anteriores actuaciones a la parte interesada.

Dada, firmada y sellada en el despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en San Juan de los Morros, a los Veintidos (22) días del mes de Junio de Dos Mil Diecisiete (2.017). (Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación).-
JUEZA PROVISORIA,


ABG. KARLA CAROLINA TORO DE GONZALEZ


SECRETARIA,



ABOG. YOLY FLORES DE ISTURIZ


En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado. Se devuelven los originales constantes de ocho (08) folios útiles, a la parte interesada, quien firmará el libro de solicitudes correspondiente, en prueba de haber recibido la misma.

SECRETARIA.




Sol. T.S. N° 204/17
KCTdeG/YFdeI/dqh.