REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUÁN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL.





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 29 de Junio de 2017.-
207º y 158º
Vista la diligencia de fecha 27-06-2017, suscrita por el ciudadano JOSÉ MARCELINO ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-19.476.882, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 252.551, actuando en su propio nombre y representación, en la cual desiste de la presente solicitud de justificativo de testigo y solicita se le haga entrega del mismo. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal acuerda lo solicitado y en nombre de de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su Aprobación y declara Homologado el presente Desistimiento. Devuélvase las resultas en sus originales, al solicitante ciudadano JOSÉ MARCELINO ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-19.476.882, asimismo se acuerda oficiar al Jefe de la Estacion Policial de esta localidad, a los efectos de que deje sin efecto lo solicitado en el oficio Nº 331-2017, de fecha 26-04-2017. librese oficio respectivo. Asi se decide.
La Jueza Provisoria,

Abg. Maribel Caro Rojas.-

La Secretaria,

Abg. Eyriana Hernàndez.-

Solicitud: N° S-991-2017
MCR/eh/mmm.-