REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo (22) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de marzo de dos mil diecisiete (2017)
206º y 158º



ASUNTO: AP21-L-2016-002178

Vista la solicitud formulada por la parte actora según consta en el acta levantada el pasado 21 del corriente mes y año, sobre la actualización de las cantidades a pagar por intereses de mora, visto que están calculados hasta el mes de agosto de 2016, este Juzgado la declara procedente por cuanto el demandado aun no ha dado cumplimiento a la sentencia, ordenando agregar a los autos las impresiones de los cálculos efectuados producto de la aplicación del Módulo de información estadística financiera y cálculos solicitados por el Poder Judicial del Banco Central de Venezuela, considerando los siguientes aspectos:

Para los intereses de mora de la antigüedad se consideró desde 17-07-2015, fecha de terminación de la relación de trabajo hasta el 28 de febrero de 2017, fecha hasta la cual dispone información el Banco Central de Venezuela. Así los intereses de mora de la cantidad condenada a pagar de Bs. 22.801 ascienden a la cantidad de Bs.7.880,33. Y por los otros conceptos distintos a la antigüedad como son vacaciones, bonos vacacionales y utilidades, condenados a pagar, cuya sumatoria asciende a Bs. 58.591.,42 se estimaron desde la fecha en que fue notificado el demandado en el presente procedimiento, esto es, desde el 10-10-2016 hasta el 28-2-2017, para un total de Bs. 5.037,34. Con relación a la indexación, debe advertirse que este órgano jurisdiccional se ve en la imposibilidad de actualizarlos, por cuanto hasta la fecha no ha sido publicada el índice del 2016, siendo que la determinación ya efectuada por el Tribunal está hasta el 31-12-2015, cuyo monto se mantiene en Bs. 11.858,19. Así, con la información disponible, el total a pagar asciende a Bs.106.168,28.
De esta forma, se ordena agregar como parte integrante de este auto, los resultados arrojados por la citada herramienta tecnológica. Así se decide.


La Juez

La Secretaria

Lisbett Bolívar Hernández


Abg. Yarelys Santaella