REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, siete (07) de marzo del año dos mil diecisiete (2017)
Años 206º y 158º
Expediente Nº AP71-R-2014-000322(897)
Visto el escrito presentado en fecha seis (06) de marzo del 2017, por el abogado Félix Manuel Chauran Ochoa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.426, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante el cual se dio por notificado y solicitó se notifique a la parte demandada por correo certificado en la dirección suministrada. En consecuencia, este Juzgado, ordena el desglose de la boleta de notificación acordada por auto de fecha 1ro de marzo del año en curso, a los fines que la notificación sea practicada mediante correo certificado con aviso de recibo del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL), siguiendo los parámetros establecidos en la sentencia Nº 000276 de fecha 26 de abril del 2016, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia de la Magistrada Vilma María Fernández González, en el expediente Nº AA20-C-2016-000165; la cual está dirigida al ciudadano Santiago Sabino Cruz Guerrero y deberá ser practicada en la siguiente dirección: Avenida principal del Calvario, Vuelta de los Morenos, Casa Nº 15, al lado de casa Anita, El Hatillo, Estado Miranda. Cúmplase.-
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.