REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO GUARICO.
206º y 158º

San Juan de los Morros, 15 de Marzo de 2.017.

Vencido como se encuentra el lapso de cinco días que estableció este Juzgado a la Oficina Regional de Tierras Guárico, para que consignara el informe solicitado mediante los oficios Nros. JSAG-014/2017, JSAG-038/2017, JSAG-076/2017, JSAG/111/2017 y JSAG/137/2017, los cuales fueron enviados por el correo de este Tribunal juzgadosuperioragrario@gmail.com y aun no ha cumplido con remitir dicho informe. En consecuencia este Juzgado Superior Agrario, ordena ratificar por quinta vez los oficios antes señalados a los fines de que la Oficina Regional de Tierras Guárico, envíe la información requerida; Asimismo este Tribunal en aras de garantizar la Seguridad Jurídica de las partes intervinientes, informa que una vez conste en autos el Informe solicitado a la Oficina Regional de Tierras con sede en Calabozo, se fijará por auto separado la fecha y hora para celebrar la audiencia oral de la lectura del fallo, de conformidad con lo establecido en el tercer aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.

LA JUEZ.
MARGARITA GARCÍA SALAZAR

EL SECRETARIO
IRVING LEONARDO REYES



Exp.: Nº JSAG-433-2016.-
MGS/IR/Ef.-