REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 07 de Marzo de 2.017
206° y 158°
ACTA DE AUDIENCIA ORAL

En horas de despacho del día de hoy, Martes (07) de Marzo del año 2.017, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) hora fijada por este Juzgado Superior, a los fines de que tenga lugar la Audiencia Oral de Informe, en la causa Nº JSAG-384-2015, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en virtud del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, cursante por este Juzgado Superior, se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencias de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, La Juez Dra. Margarita García Salazar, el Secretario Irving Leonardo Reyes y el Alguacil Delvis Fidel Méndez; Siendo la oportunidad para anunciar la apertura del acto de audiencia en la puerta de este Juzgado Superior, se deja expresa constancia que no se encuentran ninguna de las partes ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno.
Seguidamente toma la palabra la ciudadana Juez Superior, quien expone: Vista la incomparecencia de las partes al presente acto es forzoso para este Juzgado Superior declarar DESIERTA la presente Audiencia Oral de Informe y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual establece: “…Vencido el lapso probatorio se fijará uno de los tres días de despacho siguientes para el acto de informes, el cual se llevará a cabo en audiencia oral. Verificada o vencida la oportunidad fijada para informes, la causa entrará en estado de sentencia, la cual deberá ser dictada por el Tribunal dentro de un lapso de sesenta días continuos. …”
Es todo, se declara culminado el acto. Se termino, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR

EL ALGUACIL
DELVIS FIDEL MÉNDEZ;
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES G.

EXP Nº 384-2015.-
MGS/sm.-