REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, primero (01) de marzo de dos mil diecisiete (2017)
206º y 158º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AA40-A-2016-000431 nomenclatura de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio Nº 0006, de fecha once (11) de enero de dos mil diecisiete (2017), contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Marcos Elías GOITIA (INPREABOGADO Nº 75.329) actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ARNEY ALEXANDER PRIETO (cédula de identidad Nº 15.513.833), contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES, CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha dieciséis (16) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), en la cual se declaró “…1. QUE ES COMPETENTE para conocer de la regulación de competencia planteada de oficio en la presente causa (…) 2. QUE CORRESPONDE al Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, la competencia para conocer y decidir del recurso contencioso administrativo…”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al presente asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2012-000011
RADZ/GCMM/ejph