REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de marzo de dos mil diecisiete (2017)
206º y 158º

Revisadas las actuaciones del presente asunto, contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los ciudadanos FIDEL ANTONIO BERMÚDEZ SALAZAR (Cédula de Identidad Nº V-. 18.787.310) y FRANCISCO JOSÉ ESCALONA GUAIDO (Cédula de Identidad Nº V-. 18.763.409), asistidos de abogado, contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, este Juzgado advierte que:
Celebrada como ha sido la audiencia definitiva y sustanciado por completo el expediente, este Juzgado, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, ordena dictar auto para mejor proveer, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a los fines de que el Procurador General de la República, en un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, remita a este órgano jurisdiccional Expediente Administrativo de los ciudadanos FIDEL ANTONIO BERMÚDEZ SALAZAR (Cédula de Identidad Nº V-. 18.787.310) y FRANCISCO JOSÉ ESCALONA GUAIDO (Cédula de Identidad Nº V-. 18.763.409). Líbrese oficio.
El Juez


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. JP41-G-2016-000011
RADZ/GCMM/ejph