REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintinueve (29) de marzo de dos mil diecisiete (2017)
206º y 158º

Visto que en fecha veintisiete (27) de marzo de dos mil diecisiete (2017), el abogado Juan Carlos VENTURI ESCOBAR (INPREABOGADO Nº 162.836) actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JULIÁN ANTONIO TOVAR (Cédula de Identidad Nº V-. 8.629.373), mediante diligencia solicitó “…se me designe correo especial, para impulsar la entrega del oficio…”. Este Tribunal advierte, que en fecha veintiuno (21) de marzo de dos mil diecisiete (2017) se libró comisión mediante oficio Nº JE41OFO2017000200 dirigido al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, contentiva del oficio Nº JE41OFO2017000199 dirigido al Síndico Procurador del Municipio Francisco de Miranda del estado Bolivariano de Guárico, y por cuanto los referidos oficios ya se remitieron mediante valija interna, este Juzgado, niega la mencionada solicitud de correo especial.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES






Exp. Nº JP41-G-2016-000064
RADZ/GCMM/ejph