REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO NIEVES Y ORTÍZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Actuando en Sede Civil
San Juan de los Morros, 08 de marzo de 2017
206º y 157º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA Nº 08-08032017
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: MARISOL ORTEGA DE RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.333.249.
EXPEDIENTE: Nº 7563-17
I
Vista la solicitud, presentada por la ciudadana MARISOL ORTEGA DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la Cédulas de Identidad N° V-5.333.249, de este domicilio, asistida en este acto por el abogado en ejercicio MANUEL EDUARDO SARMIENTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 158.168, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurias levantadas en una parcela de propiedad Municipal al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la CERTIFICACION DE LINDEROS y CONSTANCIA PARA EVACUAR TITULO SUPLETORIO emanadas de la Alcaldía del Municipio Juan German Roscio del Estado Guárico, consignadas junto a la solicitud que las bienhechurias se encuentran ubicadas en el sector: LOS BAGRES, CASA S/N, SAN JUAN DE LOS MORROS, MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO NIEVES, ESTADO GUÁRICO, constante de una superficie de: CIENTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTIUN CENTIMETROS (195,21M2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Con Calle S/N, en: 5,75 M.L.; Sur: Con Casa de la Señora Carmen, en: 5,75 M.L.; Este: Con Casa de Marisol de Rodríguez, en: 33,95 M.L.; Oeste: Con Solar y Casa del Señor Pedro, en: 33,95 M.L.; identificado con el Código Catastral N°: 12 12 01 URB, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos MIRIAN JOSEFINA HERNANDEZ ARMAS y CESAR JOAQUIN MENDEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: Nº V-4.168.808 y V-8.780.993, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurias sobre el terreno de propiedad municipal anteriormente identificado.
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana MARISOL ORTEGA DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la Cédulas de Identidad N° V-5.333.249, de este domicilio, dejándose a salvo el derecho de terceros.
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a los solicitantes y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación. En San Juan de los Morros, el día (8) día del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017).-
LA JUEZA
ABG. INGRID JOSEFINA HERNANDEZ
SECRETARIA TITULAR
ABG. MAIGUALIDA DELVALLE AZAVACHE
En ésta misma fecha siendo las 11:30 a.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.
SECRETARIA
SOLC. Nº. 7563-17
IJH/MDVA/garr.-
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