JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- San Juan de los Morros, Veintiocho (28) días del mes de Marzo del año dos mil diecisiete (2.017).-
206º y 158º
Vista la Inhibición que cursa al folio número ciento setenta y nueve (179) del presente expediente, con fecha del día Cinco (05) de Agosto del año dos mil Dieciséis (2016), formulada por la abogado Shirley Marisela Corro Belisario, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el juicio de QUERELLA INTERDICTAL DE DESPOJO seguido por el ciudadano ANTONIO ALFREDO TORTOLERO VILLALOBOS, en contra de ROOSVELT MOTA BLANCO Y ROSANGELA ALAYON CAÑIZALES, en la cual expuso:
“…Luego de una exhaustiva revisión de las actas que conforman el presente expediente, pude verificar que en fecha 12 de Mayo de 2015, en el Expediente N° 7.474-14 (Nomenclatura de este Tribunal) contentivo del juicio de RECURSO DE HECHO, interpuesto por INVERSIONES OIL CAR, C.A., en contra del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, manifesté mi inhibición vista la recusación planteada en mi contra por el Abogado Jorge Rodríguez, y por cuanto se trata del mismo asunto y las mismas partes nace la necesidad de inhibirme para conocer el presente expediente…y así mismo solicito que sea declarado con lugar por el Tribunal de Alzada…”
Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.
La Juez Accidental,
Dra. Ingrid Josefina Hernández.
La Secretaria,
Abg. Theranyel Acosta Mújica.
Exp. Nro. 7.746-16.-
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