REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 10 de mayo de (2017).
(206° y 157°)
EXPEDIENTE Nº JSAG-365-2015.-
Vista la diligencia presentada por los profesionales del derecho Antonio José Caldera Castillo y Ricardo Laurens, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.V-11.795.578 y 6.856.829, respectivamente, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 271.036 y 99.710, en ese orden, el primero actuando como Defensor Publico Auxiliar con competencia en materia agraria y el segundos actuando en nombre y representación del Instituto Nacional de Tierras (INTI), mediante el cual solicitan lo siguiente:
“… Solicito a este digno Tribunal la paralización de la presente causa, previo acuerdo conciliatorio por las partes del apoderado judicial abogado Ricardo Laurens en representación del Instituto Nacional de Tierras (INTI) por un lapso de 90 días hábiles, quedando de acuerdo ambas partes...
En consecuencia, este Juzgado Superior acuerda la suspensión solicitada de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, por un lapso de noventa (90) días hábiles contando a partir de la presente fecha (exclusive) y una vez culminada dicha suspensión la causa retomara su curso legal al estado de evacuación de prueba, es decir, al séptimo día de los diez (10) de evacuación de prueba Es todo. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.
EXPEDIENTE N° JSAG-365-2015.-
MGS/IR/je.